Al fallecer una persona, los familiares deben realizar la tramitación de la herencia. Pero la mayoría de las personas no conoce dicho procedimiento al ser bastante complejo y poco agradable.

Desde Estruch Abogados en Gandia queremos informarte un poco sobre el tema, puesto que contamos con expertos en el tema.

Certificados

El primer paso para tramitar una herencia es la obtención de unos certificados, en concreto tres.

  • Certificado literal de defunción. Este certificado se obtiene mediante solicitud al Registro Civil del domicilio del fallecido. Ese certificado podrá solicitarse pasadas 24 horas desde la defunción
  • Certificado de actos de última voluntad. Es un certificado para obtener información acerca de si el fallecido había otorgado testamente y ante que notario. Para este tipo de certificados deben haber transcurrido 15 días hábiles desde la defunción e ir acompañado del certificado de defunción.
  • Certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento. Certificado en el que se acredita si el causante había suscrito algún seguro de fallecimiento. Debe haber trascurrido el plazo de 15 días desde el fallecimiento para poder solicitarlo.

Todos estos certificados se solicitan con el objetivo de conseguir toda la información posible del causante para tramitar una herencia correctamente.

Testamento o declaración de herederosabogados de herencias

En el certificado de actos de voluntad encontraremos los testamentos, en dicho certificado se encuentra un registro de los diferentes testamentes, las fechas y la notaría.

Inventario de bienes

Esta es una de las partes fundamentales de una herencia, que consiste en determinar los bienes, deudas, derechos y obligaciones que deja el causante a los herederos.

Para poder formular el inventario es necesaria una relación de bienes que forma la herencia por lo que se tendrá que aportar toda la documentación necesaria para acreditar los bienes. Ya sean inmuebles, cuentas bancarias, vehículos…

En el caso de que el causante esté casado en régimen de gananciales, habrá también que liquidar la sociedad de gananciales antes de realizar cualquier trámite de la herencia, así se podrá determinar que bienes eran del causante y cuáles del cónyuge.

También habrá que detallar el pasivo en caso de que lo haya.

Inventario de bienes:

  • Determinación del Caudal Relicto o bienes de la herencia
  • Determinación de los bienes gananciales (en el caso de que exista)
  • Donaciones
  • Obligaciones y deudas.
Determinación del caudal relicto o bienes de herencia

Dentro de este apartado podemos encontrar los bienes muebles, bienes inmuebles (incluso si existe una vivienda hipotecada), cuentas corrientes, fondos o acciones sociales, acciones de sociedades mercantiles y el resto de los bienes que pertenezcan al causante.

Bienes gananciales

Como hemos comentado, habrá que liquidar la sociedad de gananciales en el caso de que existiese. Consiste en determinar que bienes eran del difunto y cuales son del cónyuge.

Donaciones

En este apartado habrá que computar las donaciones que el causante haya realizado en vida. El objetivo de este apartado es evitar que el causante obstaculice los derechos que les pertenece a los herederos.

Deudas del causante

Una vez determinados todos los activos, habrá que concretar el pasivo, aquí habrá concretar todas las deudas, cargas y obligaciones que tenga el causante a fecha del fallecimiento.

Cuando se disponga del activo y del pasivo, habrá que restar el pasivo al activo y el resultado será el valor líquido para repartir entre los herederos.

Partición de la herencia

Una vez realizado el inventario se deberá distribuir entre los herederos. Para ello se elaborará un cuaderno particional donde constaran todas las operaciones de la partición de la herencia.

Liquidación y pago de impuestos

Desde el fallecimiento de la persona hay que realizar el pago de los impuestos de sucesiones en un plazo de 6 meses. Se deberá tener en cuenta la comunidad autónoma del causante porque pueden existir beneficios fiscales, pero si en el plazo estimado no se liquidan los impuestos los beneficios se pueden perder.

El importe dependerá de los bienes que se hereden y en la comunidad donde se encontraba la persona.

Si en el plazo de 6 meses no se han podido iniciar los trámites, se puede solicitar una prorroga de 6 meses para poder finalizar el procedimiento.

Herencia sin testamento

No te preocupes. Cuando fallece una persona sin testamento, se abre lo que se conoce como sucesión intestada, Ab Intestato o sucesión legítima. Por lo que será la ley quien determine quienes son los herederos del causante y e orden en que heredarán.

Si existe otro heredero que no se ha tenido en cuenta en el Código Civil no se encuentra recogido de forma expresa un plazo para poder reclamar a otro heredero, pero, la jurisprudencia ha establecido un plazo de 30 años en virtud del artículo 1963 CC.

El orden para heredar en estos casos es 1 descendientes, 2 ascendientes, 3 cónyuge viudo, 4 hermanos, 5 colaterales hasta cuarto grado, 6 si no existe nada de lo anterior los bienes del fallecido corresponderán al estado.

Como ves tramitar una herencia requiere de mucha documentación y es un proceso delicado. Desde Estruch Abogados estamos a su disposición con una amplia experiencia.